sábado, 8 de octubre de 2016

Guayana Esequiba: aves, biodiversidad y conservación


Rafael Gianni - Guayana Esequiba: aves, biodiversidad y conservaciónYV5RED / domingo, 28 de diciembre de 2014

Venezuela es uno de los 10 países megadiversos del mundo. Es decir, nuestro país está caracterizado por una fracción desproporcionada de la biodiversidad del planeta presente en nuestros espacios geográficos, hecho que lo hace muy atractivo para el desarrollo del ecoturismo, actividad esta que en otros países representa un cuantioso ingreso equivalente a millones de dólares anuales. Tan sólo con llevar a cabo debidamente la actividad conocida como 'observación de aves' o 'birding' (en idioma inglés), estaríamos incrementando exponencialmente los ingresos de divisas no petroleras a la nación, por concepto del aprovechamiento del ecoturismo. Nuestro Territorio Esequibo forma parte fundamental de esas proyecciones.

Nuestra nación, en el caso específico de aves, cuenta con 45 especies endémicas, y el número total para el país es de 1381 entre especies residentes y migratorias (incluyendo las endémicas mencionadas anteriormente por supuesto) que se pueden observar durante todo el año (sin contar las que de seguro se pueden identificar en nuestra Guayana Esequiba).

De acuerdo a la taxonomía SACC (South American Classification Committee, American Ornithologists' Union / datos actualizados al 29-junio-2015), al momento ocupamos el sexto lugar entre los países con mas especies de aves en el planeta, junto con Bolivia.

Con las especies que se pudieran encontrar en nuestro territorio Esequibo, estoy seguro que desplazaríamos a Bolivia fácilmente del 6° lugar del ranking.

Considerando los trabajos taxonómicos en desarrollo y el incremento de trabajos de campo tanto a nivel profesional como el de observación de aves, es probable que en los próximos años veamos el número total de especies de aves de Venezuela incrementarse ligeramente.

El roster de los países que preceden a Venezuela en número de especies de aves es:

Colombia 1838 especies
Brasil 1798 especies
Peru 1779 especies
Indonesia 1600 especies (aproximado)
Ecuador 1620 especies

Fuente: Species Lists of Birds for South American Countries and Territories - SACC

Por tal razón, recomiendo se lleven a cabo las siguientes acciones:

1.- Se elaboren diversas comunicaciones emitidas por instituciones académicas públicas y privadas, asociaciones civiles sin fines de lucro, fundaciones, etc.; dirigidas a la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Fronterizos-Oficina de Fronteras del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (correo electrónico: dstfronteras@gmail.com), destacando la importancia, la obligación y el rol fundamental que tiene el Estado venezolano, de emprender acciones en nuestra Guayana Esequiba para la protección, estudio y conservación de los ecosistemas y biodiversidad presentes en la zona; basándose en primer término en los artículos 1°, 3°, 4°, 5°, y 7°, correspondientes al Título I (Principios fundamentales); y a los artículos 10°, 11°, 13° y 15° relativos al Título II (Del espacio geográfico y la división política), Capítulo I (Del territorio y demás espacios geográficos) de nuestra Constitución Nacional vigente.

Comentario: se realizaron cambios importantes en la definición del espacio geográfico venezolano. En este sentido, se adoptó la expresión más amplia de espacio geográfico para sustituir la de territorio. En efecto, espacio geográfico alude a los espacios continentales, insulares y marítimos, quedando el territorio como componente del primero de los citados. Sin embargo, no se altera la determinación del espacio geográfico nacional al reiterar la versión tradicional de la Constitución del año 1830 y que se repite hasta la de 1961, es decir, el que correspondía a la Capitanía General  de Venezuela para el 19 de abril de 1810. No obstante, se agregó la frase con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad. Con ello se corrige la omisión del Congreso Constituyente de 1961 con relación a los laudos y arbitrajes determinantes de nuestras fronteras actuales, como son los de los años 1865, 1891, 1899 y 1922, y se establece de una manera categórica que Venezuela no reconoce los laudos viciados de nulidad, como es el caso del Laudo de París de 1899 que despojó a Venezuela del espacio situado en la margen occidental del Río Esequibo. Por otra parte, se deslinda conceptualmente el espacio insular como parte de la organización politico-territorial de Venezuela y como espacio sujeto a la soberanía venezolana. Por tal razón se mencionan las islas por sus nombres y se extiende en ámbito de la soberanía hasta las demás islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro de los límites de la zona económica exclusiva [fuente: Valarino Uriola, M. y Brandt Graterol, L. (Coord.) (2008). Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (6a. reim., 1a ed.) Caracas. LEGIS].

2.- De igual forma, sugiero preparar y entregar escritos al Comandante General de componente Ejercito de nuestra Fuerza Armada Nacional, con el propósito de que se le haga llegar a los efectivos militares acantonados en las Bases de Seguridad Territorial de la Isla de Anacoco y San Juan de Venamo (ubicadas en el municipio Sifontes del estado Bolívar) para en primer término, concienciar a los uniformados sobre el tema y en segundo para que, de obtener información relevante e importante con respecto a temas medioambiuentales ligados al área resguardada por los funcionarios antes mencionados, se le haga llegar formalmente a través de oficio o comunicación oficial a su departamento para posterior análisis y estudio. En tal sentido, hacemos mención a la visita hecha por el ex Comandante General del Ejército Venezolano, Alexis Ascensión López Ramírez el día sábado 13 de septiembre de 2013 a nuestro territorio Esequibo, expresando «...los militares están para "defender la soberanía, con la convicción de que el Esequibo es nuestro. Entendemos que hay una situación en la cual el territorio está sometido al Acuerdo de Ginebra y que hay que esperar una solución".» [fuente: Theis, R. (2013, septiembre 19). Comandante del Ejército visitó límite con el Esequibo. El Universal, ed. digital].

3.- Al mismo tiempo, invito a entregar comunicaciones a la Asamblea Nacional de la República (Comisión Permanente de Política Exterior, Soberanía e Integración; encabezada por su Presidente Encargado) destacando la importancia, la obligación y el rol fundamental que tiene el Estado venezolano, de emprender acciones en nuestra Guayana Esequiba para la protección, estudio y conservación de los ecosistemas y biodiversidad  presentes en esos espacios geográficos, basándose en primer lugar en los artículos 1°, 3°, 4°, 5°, y 7°, correspondientes al Título I (Principios fundamentales); y a los artículos 10°, 11°, 13° y 15° relativos al Título II (Del espacio geográfico y la división política), Capítulo I (Del territorio y demás espacios geográficos) de nuestra Constitución Nacional vigente.

4.- Fomentar nuestra presencia permanente y regular en esos 159.830 km² de territorio rico en bosques. en conjunto con las autoridades militares y civiles venezolanas, impulsando y llevando a cabo diversas actividades como investigaciones científicas.

5.- Detener a Guyana en su proceso de invasión de nuestro territorio Esequibo, exigiendo a nuestro Estado venezolano emprender acciones orientadas con ese fin.

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Guyana - Birds & Wildlife 2016

Documentos relacionados y de interés:





2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición

La Guayana Esequiba Zona en Reclamación
Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservó sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
 






Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como   Mar    Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968

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